¿Dónde pueden publicarse artículos científicos?

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Para cumplir con esta política, los investigadores deberán publicar en cualquiera de las siguientes opciones:

  • Revistas de acceso abierto completo.

  • Revistas de acceso restringido que permitan la divulgación de la versión publicada o la versión revisada en un repositorio de acceso público.

  • Plataformas de publicación en acceso abierto que tengan un procedimiento de revisión abierta.

  • Revistas que permitan un acceso abierto individualizado por artículo.


La publicación en una revista o plataforma que, por cuestiones de embargos, no permita cumplir totalmente con el compromiso de acceso abierto, deberá ser aprobada previamente por la Fundación ”la Caixa”. Solo se aprobará de forma excepcional cuando no existan alternativas razonables para cumplir plenamente con esta política.

¿En qué repositorio debe depositarse la copia de la publicación?

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Cualquier repositorio institucional o temático que siga las directrices de OpenAIRE es aceptable.

¿Cuándo debe depositarse la publicación en el repositorio?

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Se aconseja que el depósito se realice inmediatamente después de la publicación, aunque el acceso al texto completo deba estar restringido durante un periodo de tiempo (embargo), excepto que la revista o plataforma correspondiente lo regule más restrictivamente. No obstante, cabe recordar que deberá depositarse como máximo seis meses después de la fecha de publicación.

¿Cuál es el código de identificación del proyecto que debe incluirse en el repositorio?

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Siguiendo las directrices de OpenAIRE, deberá utilizarse el metadato «dc.relation.projectID» con los siguientes valores:

info:eu-repo/grantAgreement/LCF/FundingProgram/ProjectID/

El project ID se genera al introducir el proyecto en la aplicación de la Fundación ”la Caixa”, de modo que será necesario contactar con el gestor/a correspondiente de cada beneficiario/a para obtenerlo.

¿Qué versión debe depositarse en el repositorio?

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En el repositorio debe poderse acceder a la última versión revisada, ya sea la versión final tal y como aparece en la publicación, o bien la versión revisada sin la maquetación final (también denominada postprint o versión del autor/a), pero con los mismos contenidos que la publicada.

¿Qué datos deben publicarse según esta política?

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Cualquier conjunto de datos que sustente los resultados difundidos en una publicación científica deberá hacerse público al mismo tiempo que la publicación. Además, si los beneficiarios desean hacer públicos otros datos obtenidos a lo largo de la actividad financiada, pueden hacerlo de acuerdo con el plan de gestión de datos entregado. En el caso de datos de resultados negativos, se recomienda también su publicación en repositorios de acceso público o en revistas especializadas1 para evitar reproducirlos.

  1. BMC Research Notes (https://bmcresnotes.biomedcentral.com), Journal of Unsolved Questions (http://junq.info), Research Ideas and Outcomes (http://riojournal.com).

¿Dónde pueden publicarse los datos de investigación?

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Los datos pueden publicarse en cualquier repositorio preparado para preservar y difundir este tipo de objetos. El repositorio puede ser de una institución o de una comunidad científica, priorizando que se le otorgue un identificador persistente (doi, handle o similar) y que se facilite su localización. Para encontrar el repositorio más adecuado, puede consultarse el directorio re3data (www.re3data.org).

¿Cuándo deben publicarse los datos de investigación?

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Los datos que sustenten los resultados obtenidos a lo largo de la investigación financiada por la Fundación y que hayan sido difundidos en publicaciones científicas deberán hacerse públicos al mismo tiempo en un repositorio de datos que permita su acceso público, y que otorgue un identificador permanente para cada conjunto de datos.

¿En qué formato deben publicarse los datos de investigación?

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Los datos deberán seguir los principios FAIR, es decir, deberán ser localizables, accesibles, interoperables y reutilizables, lo más abiertos posible. Se priorizarán los formatos estándares y abiertos, teniendo en cuenta las distintas características de cada disciplina científica.

¿Esta política afecta a la protección y explotación de los resultados de la investigación?

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Se presupone que los beneficiarios habrán protegido los resultados de la investigación previamente a la solicitud de publicación.

En cuanto a los datos de investigación que sustenten los resultados publicados, la política contempla la posibilidad de solicitar una excepción de la aplicación de la política en casos suficientemente justificados.

En todo caso, los beneficiarios serán responsables de asegurarse de tomar medidas para poder cumplir esta política sin incidir negativamente en la protección y/o explotación de los resultados, y, si fuese necesario, deberán plantear ante la Fundación ”la Caixa” las excepciones que puedan ser necesarias, con la correspondiente justificación.

¿Cómo afecta esta política si se ha recibido una ayuda antes de 2019?

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La política será efectiva a partir de 2019 para todos los beneficiarios. Conviene recordar que desde el 1 de enero de 2018 la Fundación ”la Caixa” ya cuenta con una política de acceso abierto que, a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior, se amplía a todos los resultados de la investigación.

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Qué hacemos

La Fundación ”la Caixa” pretende promover la investigación y la innovación de excelencia y de alto impacto transformador. Por ello, quiere hacer el máximo esfuerzo para difundir los resultados de la investigación que financia, con el fin de que pueda llegar lo antes posible a otros investigadores y a la sociedad en general. Adopta así una política de ciencia abierta con respecto a las publicaciones y los datos resultantes de la investigación.

La ciencia abierta es un movimiento que promueve una ciencia más accesible para todos. Con respecto a las publicaciones científicas, esto supone la voluntad de abrir su acceso lo antes posible; en cuanto a otros resultados, como los datos, implica que deberán conservarse de forma que sean localizables, accesibles, interoperables y reutilizables (principios FAIR).

Existen numerosas razones para compartir las publicaciones y los resultados de la investigación: eficiencia gracias a la reutilización de datos para nuevos usos; reproductibilidad para la verificación de resultados; eficiencia económica para evitar la duplicidad de esfuerzos; y aumento del impacto, la visibilidad y la transparencia.

Con este objetivo, se insta a todos los beneficiarios de ayudas y becas de la Fundación a compartir los resultados obtenidos de la forma más abierta posible y lo antes posible, preservando, no obstante, los intereses de los beneficiarios bajo el principio de «lo más abierto posible, tan restringido como sea necesario».


Esto significa que...

En cuanto a las publicaciones científicas, se insta a los beneficiarios a:

  • Depositar cualquier publicación con revisión de expertos que resulte del proyecto financiado en un repositorio institucional o temático de relevancia de la disciplina, inmediatamente después de la publicación. En el repositorio deberá hacerse constar el código de identificación1 del proyecto financiado.

  • En un periodo no superior a seis meses desde la fecha de la publicación, se hará accesible al público la versión publicada de la publicación científica.

  • En el caso de que no sea posible por restricciones impuestas por las condiciones de la revista o plataforma correspondiente, se aceptará la versión del autor/a que haya pasado todo el proceso de revisión de expertos y no presente la maquetación final de la publicación.


En cuanto a los datos de la investigación:

Los beneficiarios de una ayuda de la Fundación ”la Caixa” deberán elaborar un plan de gestión de datos para todos los proyectos de investigación financiados por la entidad que tengan un presupuesto igual o superior a 100.000 €. El resto de los proyectos quedan exentos, aunque se les recomienda hacerlo igualmente como buena práctica.

En este sentido:

  • La primera versión del plan deberá entregarse en un plazo no superior a seis meses después de haber iniciado el proyecto. Cuando se realice la revisión intermedia del proyecto, se presentará una actualización del plan. Y, al finalizar el proyecto, se entregará la versión definitiva del plan, junto con la memoria final.

  • En el plan deberán constar, entre otros aspectos, los datos que se generarán o se utilizarán, cómo y cuándo se compartirán, dónde estarán disponibles, cómo se preservarán y, en el caso de datos sensibles, qué tratamiento se llevará a cabo para cumplir con la legislación vigente aplicable.

  • Los beneficiarios deberán hacer públicos, como mínimo, los datos que sustenten los resultados publicados y, en su caso, el material necesario (software, setups, etc.) para su comprensión o análisis. Esta puesta a disposición de los datos podrá realizarse en cualquier repositorio o archivo de confianza.

  • En el caso de que existan otros resultados del proyecto susceptibles de poder ser divulgados (software, setups, etc.), los beneficiarios también deberán hacerlos públicos, en un repositorio adecuado, en un periodo no superior a seis meses tras la finalización del proyecto.

En relación con los puntos anteriores, cabe señalar que deberán llevarse a cabo siempre y cuando no exista ningún impedimento por motivos de privacidad, protección de datos personales, confidencialidad, o bien por cuestiones de protección a efectos de su explotación comercial o, en general, por cuestiones de propiedad intelectual o industrial u otras de naturaleza legal.

Puede exceptuarse, en cualquier fase, la aplicación total o parcial de esta política si la publicación o divulgación de los datos de investigación y el material asociado (software, setups, etc.) puede perjudicar los legítimos intereses del beneficiario, de forma debidamente justificada (por ejemplo, por cuestiones de propiedad intelectual, protección de datos y confidencialidad, seguridad, etc.).

La Fundación ”la Caixa” estudiará individualmente, siempre que se justifiquen adecuadamente, los casos que requieran un tratamiento específico con respecto a la aplicación de esta política, pudiendo aprobar las correspondientes excepciones, en su caso. Si los datos no pueden hacerse públicos, deberá hacerse constar en el plan de gestión de datos2.

Los posibles costes asociados a publicar los resultados y los datos en abierto podrán ser incluidos en la ayuda concedida. Sin embargo, la opción de pagar por publicar en una revista de acceso restringido que ofrezca acceso abierto individualizado deberá consultarse siempre a la Fundación ”la Caixa”.

Esta política se hará efectiva a partir del 1 de junio de 2019.

Se pone a disposición de los beneficiarios un modelo de plan de gestión de datos.


  1. La definición del código de identificación del proyecto puede consultarse en las preguntas frecuentes.

  2. Puede consultarse el documento Ethics and data protection de la Comisión Europea.

 

¿Dónde pueden publicarse artículos científicos?

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Para cumplir con esta política, los investigadores deberán publicar en cualquiera de las siguientes opciones:

  • Revistas de acceso abierto completo.

  • Revistas de acceso restringido que permitan la divulgación de la versión publicada o la versión revisada en un repositorio de acceso público.

  • Plataformas de publicación en acceso abierto que tengan un procedimiento de revisión abierta.

  • Revistas que permitan un acceso abierto individualizado por artículo.


La publicación en una revista o plataforma que, por cuestiones de embargos, no permita cumplir totalmente con el compromiso de acceso abierto, deberá ser aprobada previamente por la Fundación ”la Caixa”. Solo se aprobará de forma excepcional cuando no existan alternativas razonables para cumplir plenamente con esta política.

 

¿En qué repositorio debe depositarse la copia de la publicación?

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Cualquier repositorio institucional o temático que siga las directrices de OpenAIRE es aceptable.

¿Cuándo debe depositarse la publicación en el repositorio?

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Se aconseja que el depósito se realice inmediatamente después de la publicación, aunque el acceso al texto completo deba estar restringido durante un periodo de tiempo (embargo), excepto que la revista o plataforma correspondiente lo regule más restrictivamente. No obstante, cabe recordar que deberá depositarse como máximo seis meses después de la fecha de publicación.

¿Cuál es el código de identificación del proyecto que debe incluirse en el repositorio?

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Siguiendo las directrices de OpenAIRE, deberá utilizarse el metadato «dc.relation.projectID» con los siguientes valores:

info:eu-repo/grantAgreement/LCF/FundingProgram/ProjectID/

El project ID se genera al introducir el proyecto en la aplicación de la Fundación ”la Caixa”, de modo que será necesario contactar con el gestor/a correspondiente de cada beneficiario/a para obtenerlo.

¿Qué versión debe depositarse en el repositorio?

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En el repositorio debe poderse acceder a la última versión revisada, ya sea la versión final tal y como aparece en la publicación, o bien la versión revisada sin la maquetación final (también denominada postprint o versión del autor/a), pero con los mismos contenidos que la publicada.

¿Qué datos deben publicarse según esta política?

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Cualquier conjunto de datos que sustente los resultados difundidos en una publicación científica deberá hacerse público al mismo tiempo que la publicación. Además, si los beneficiarios desean hacer públicos otros datos obtenidos a lo largo de la actividad financiada, pueden hacerlo de acuerdo con el plan de gestión de datos entregado. En el caso de datos de resultados negativos, se recomienda también su publicación en repositorios de acceso público o en revistas especializadas1 para evitar reproducirlos.


  1. BMC Research Notes (https://bmcresnotes.biomedcentral.com), Journal of Unsolved Questions (http://junq.info), Research Ideas and Outcomes (http://riojournal.com).

¿Dónde pueden publicarse los datos de investigación?

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Los datos pueden publicarse en cualquier repositorio preparado para preservar y difundir este tipo de objetos. El repositorio puede ser de una institución o de una comunidad científica, priorizando que se le otorgue un identificador persistente (doi, handle o similar) y que se facilite su localización. Para encontrar el repositorio más adecuado, puede consultarse el directorio re3data (www.re3data.org).

¿Cuándo deben publicarse los datos de investigación?

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Los datos que sustenten los resultados obtenidos a lo largo de la investigación financiada por la Fundación y que hayan sido difundidos en publicaciones científicas deberán hacerse públicos al mismo tiempo en un repositorio de datos que permita su acceso público, y que otorgue un identificador permanente para cada conjunto de datos.

¿En qué formato deben publicarse los datos de investigación?

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Los datos deberán seguir los principios FAIR, es decir, deberán ser localizables, accesibles, interoperables y reutilizables, lo más abiertos posible. Se priorizarán los formatos estándares y abiertos, teniendo en cuenta las distintas características de cada disciplina científica.

¿Esta política afecta a la protección y explotación de los resultados de la investigación?

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Se presupone que los beneficiarios habrán protegido los resultados de la investigación previamente a la solicitud de publicación.

En cuanto a los datos de investigación que sustenten los resultados publicados, la política contempla la posibilidad de solicitar una excepción de la aplicación de la política en casos suficientemente justificados.

En todo caso, los beneficiarios serán responsables de asegurarse de tomar medidas para poder cumplir esta política sin incidir negativamente en la protección y/o explotación de los resultados, y, si fuese necesario, deberán plantear ante la Fundación ”la Caixa” las excepciones que puedan ser necesarias, con la correspondiente justificación.

¿Cómo afecta esta política si se ha recibido una ayuda antes de 2019?

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La política será efectiva a partir de 2019 para todos los beneficiarios. Conviene recordar que desde el 1 de enero de 2018 la Fundación ”la Caixa” ya cuenta con una política de acceso abierto que, a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior, se amplía a todos los resultados de la investigación.

Esta página pretende servir de apoyo a los investigadores en la creación de sus planes de gestión de datos. Dado que las prácticas varían según las disciplinas y los tipos de proyectos, cada beneficiario/a será responsable de adoptar el modelo que mejor se adapte a las características y necesidades de su proyecto. No obstante, se informa a todos los beneficiarios que deban realizar el plan de gestión de datos conforme a esta política que deberán incluir la siguiente información en la aplicación de gestión de ayudas a la investigación, becas e innovación, de acuerdo con el presente modelo.


Resumen de los datos

Se describirá de forma breve y concisa:

  • Qué datos se generarán o recogerán.

  • Qué formatos y estándares se utilizarán.

  • Qué valor pueden tener los datos para otros investigadores.

  • Qué datos no se podrán compartir y por qué motivo.


Responsabilidades

Se indicará qué personas serán las responsables:

  • Del seguimiento del plan.

  • De la gestión de los datos.

  • De su preservación y conservación.

Se especificará quién determinará el acceso a los datos y, en el caso de que exista propiedad intelectual, quién será el titular de los derechos.


Datos Fair

Se describirá qué actuaciones se llevarán a cabo para que los datos sean localizables, accesibles, interoperables y reutilizables.

Datos localizables

  • Se indicará qué metadatos se utilizarán.

  • Se especificará qué identificador se utilizará para los datos.

  • Se indicará qué control de versión se llevará a cabo.

Accesibilidad

  • Se indicará cuándo y quién podrá acceder a los datos.

  • Se especificará la disponibilidad de los datos.

  • Se especificará qué métodos o softwares son necesarios para acceder a los datos.

  • Se indicará si se incluye la documentación sobre el software necesario y, si es posible, incluirlo.

  • Se especificará dónde se depositan los datos, los metadatos, la documentación y el código. 

  • Se especificará cómo se dará acceso en los casos en que las restricciones sean necesarias.

Interoperabilidad

  • Se describirá cómo se facilitará la interoperabilidad de los datos mediante el uso de vocabularios controlados.

Reutilización

  • Se especificará el grado de reutilización permitido cuando los datos se pongan al alcance de otros investigadores y del público en general.

  • Se especificará cuándo serán accesibles los datos para ser reutilizados. Si es el caso, se especificará por qué y durante qué periodo los datos serán embargados.

  • Se especificará si los datos generados y/o recogidos en el proyecto son reutilizables por terceras partes, especialmente al final del proyecto. Si la reutilización de los datos es restringida, se explicarán los motivos.

  • Se especificarán los plazos durante los cuales los datos podrán ser reutilizables.


Seguridad de los datos

  • Tratamiento de la recuperación de los datos, así como el almacenamiento seguro y el traspaso de datos sensibles: Se describirán las medidas adoptadas para la seguridad de los datos. Esto incluye el almacenamiento y las copias de seguridad, la preservación a largo plazo y cómo se mantendrán los datos seguros y protegidos.

  • Cobertura del contexto de la revisión ética: Se describirán los posibles problemas éticos en la recogida, el almacenamiento, el procesamiento y el archivo de los datos, así como en los procedimientos de aprobación ética relacionados con el proyecto.

Si las actividades de investigación incluyen a niños, pacientes, población vulnerable, el uso de células madre embrionarias, cuestiones de privacidad y protección de datos o investigación en animales y primates, deberán cumplirse los principios éticos y la legislación nacional pertinente de la Unión Europea e internacional, y será en este punto del plan de gestión de datos donde deberá tratarse.


Otros temas

Se indicará cualquier otro aspecto de interés.

Documentos de interés

Política de Gestión y Acceso Abierto

Preguntas frecuentes

Modelo de plan de gestión